
BASES Y CONDICIONES
“Telecom Encuentros 4.0 Posgrado Derecho UBA 200 años”
TELECOM ARGENTINA S.A., inscripta en la Inspección General de Justicia el 13 de julio de 1990, bajo el N° 4570, Libro 108, Tomo “A” de Sociedades Anónimas, con domicilio en General Hornos 690 de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT 30-63945373-8 (en adelante “el Organizador”), organiza la promoción “Telecom Encuentros 4.0 Beca Posgrado UBA” (en adelante “Promoción”, indistintamente) que quedará sujeta a las siguientes bases y condiciones” (en adelante las “Bases y Condiciones” o “Bases” indistintamente).
1. La participación de la Promoción implica el conocimiento y aceptación, sin reservas, de las presentes Bases y Condiciones, cuya copia podrá consultarse en el sitio de internet https://www.encuentrostelecom.com.ar/ (y en las oficinas del Organizador que se detallan en https://personal.com.ar/ayudaysoporte/centrosdeatencion/
Cualquier violación a las presentes Bases y Condiciones o sistemas establecidos por el Organizador para la participación en la presente Promoción implicará la inmediata exclusión del Participante de la Promoción y/o la revocación de su carácter de ganador efectivo según corresponda.
La participación en la Promoción es libre y gratuita, sin obligación de compra. La información suministrada a través de las Bases y Condiciones es cierta, objetiva, veraz, detallada, eficaz y suficiente a los fines de establecer los alcances y características de la Promoción.
2. Podrán participar de la Promoción todas aquellas personas humanas mayores de 18 años, que cumplan con las condiciones referidas en las presentes Bases y Condiciones (en adelante indistintamente “el Participante” o “los Participantes”).
Queda prohibida la participación en la Promoción de personas humanas menores de edad.
No podrán participar de esta Promoción los empleados efectivos y/o contratados del Organizador y/o sus empresas afiliadas, vinculadas o en las que el Organizador tenga participación, así como tampoco sus respectivos familiares en línea directa, hasta el segundo grado de consanguinidad inclusive, ni las personas jurídicas. Tampoco podrán participar de la presente Promoción cualquier organismo vinculado directa o indirectamente al Estado Nacional y/o Provincial y/o Municipal, así como tampoco podrán hacerlo Asociaciones Civiles sin fines de lucro, Organizaciones No Gubernamentales, y en general, cualquier Institución, Ente u Organismo cuyo objeto social o fines no permitiesen su participación en acciones promocionales como la detallada en las presentes Bases y Condiciones.
La eventual participación en la Promoción de quienes tengan prohibido participar, conforme lo indicado en los párrafos precedentes, no producirá efecto alguno y, por lo tanto, dichas personas no tendrán derecho ni expectativa de recibir premio alguno.
3. Vigencia: La Promoción tendrá vigencia para todo el territorio nacional, a excepción de las Provincias de Córdoba, Salta, Mendoza, Misiones, Neuquén y Tierra del Fuego, desde las 00:00 hs. del día 28 de octubre de 2021 hasta las 14:00 hs. del 05 de noviembre de 2021 (“Plazo de Vigencia”).
4. Modo de Participación:
Podrán participar de la Promoción aquellas personas humanas que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Ser mayores de 18 años de edad;
b) Haberse inscripto en el evento Telecom Encuentros 4.0 que se desarrollará de manera virtual el día 03 de noviembre de 2021 (el “Evento”);
c) Haber presenciado de forma completa el Evento.
d) Tener título de abogado/a, ingeniero/a o licenciado/a en sistemas, criminología o criminalística, correspondiente a una carrera de cuatro (4) años de duración como mínimo.
Se otorgará una (1) chance por Participante.
5. Sin obligación de compra:
No implica para los Participantes la obligación de comprar productos o servicios del Organizador. A tal efecto, para participar de la Promoción podrá enviarse un dibujo a mano del logotipo de la marca “Personal” coloreado con sus colores correspondientes en sobre cerrado y con indicación de los datos completos del Participante (nombre y apellido, tipo y número de documento de identidad, ciudad, domicilio, código postal y teléfono) al Organizador bajo la leyenda “Telecom Encuentros 4.0 Beca Posgrado UBA”al domicilio Gral. Hornos 690, Dirección de Asunto Legales e Institucionales, CP 1272, CABA, indicando en el margen superior derecho del remitente la siguiente leyenda “El franqueo será pagado por el destinatario”. A tales efectos, no se aceptarán fotocopias de los logotipos ni ningún otro tipo de reproducción mecánica, electrónica ni de otro tipo. Una vez recibido el sobre con el dibujo coloreado se sumarán los datos del Participante en la base de Participantes entre los que se llevará a cabo el Sorteo. El Organizador no será responsable por la pérdida y/o robo y/o deterioro de los sobres enviados por los Participantes y que por cualquier causa no sean recepcionados o sean ilegibles y/o incompletos y/o sin la información requerida.
Los Participantes que hubieren enviado un dibujo con el logo de Personal, de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior de las presentes Bases, obtendrán el derecho de participar de la Promoción con una (1) sola chance por persona, independientemente de la cantidad de cartas que hubiere enviado. El envío de más de una (1) carta no otorgará chance alguna.
6. Selección de los Ganadores:
6.1. La selección será aleatoria, al azar y automática por un sistema de random, sin ninguna intervención humana, todo ello fiscalizado debidamente por escribano público.
6.2. Los Participantes de la Promoción, que hubieren cumplido con los requisitos exigidos en las presentes Bases y Condiciones, serán incluidos en una planilla MS Access o Excel ordenados al azar y, una vez confeccionada la lista de Participantes del sorteo (en adelante, el “Sorteo”), a través de una función aleatoria del MS Access / Excel, se realizará un (1) Sorteo con el objeto de seleccionar a un eventual ganador (en adelante “Eventual Ganador”), desde la celda más próxima a la A1 y hasta el final de la lista. Del orden que resulte de la función aleatoria resultará el Eventual Ganador y sólo se obtendrá la condición de ganador efectivo (en adelante, “Ganador Efectivo”) una vez que el Organizador verifique el cumplimiento de los requisitos exigidos en el punto 7 de las presentes Bases. 6.3. Al momento de efectuar el Sorteo se procederá a extraer cinco (5) Eventuales Ganadores, de la base de datos confeccionada conforme lo dispuesto en este punto, y cinco (5) Ganadores Suplentes, en caso de que los Eventuales Ganadores no cumplieran con los requisitos exigidos en las presentes Bases. El Eventual Ganador se convertirá en Ganador Efectivo del Premio, una vez que el Organizador verifique el cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes Bases. En el caso que el Ganador Eventual no cumpliera con algún requisito establecido en las Bases para la adjudicación del Premio, el Ganador Eventual perderá su condición de tal y el Premio en cuestión, sin derecho a reclamar compensación o indemnización alguna al Organizador. En caso que el Eventual Ganador no cumpliera con los requisitos para adquirir el carácter de Ganador Efectivo, se convocará al Ganador Suplente, en el orden que resulte de la función aleatoria, para su reemplazo.
6.4. El Sorteo se realizará el día 05 de noviembre de 2021 a las 14.00hs, ante la presencia de un Escribano Público.
7. Condiciones para la adjudicación del Premio:
7.1. El Participante sorteado, se considerará ganador efectivo siempre y cuando acredite los requisitos que a continuación se detallan:
- Ser mayor de edad, acreditando su identidad con DNI.
- No tener vinculación alguna con el Organizador en los términos previstos en el punto 2.
- Haber participado según lo dispuesto en el punto 4 de las Bases.
- Presentar, en tiempo y forma la documentación que certifique su título de abogado/a, ingeniero/a o licenciado/a en sistemas, criminología o criminalística, correspondiente a una carrera de CUATRO (4) años de duración como mínimo.
- No registrar deudas de ninguna índole con el Organizador.
- Haber sido seleccionado según lo dispuesto en el punto 6 de las presentes Bases.
- Responder correctamente una pregunta de cultura general formulada por el Organizador ante el escribano interviniente.
- Cumplir todos y cada uno de los términos y condiciones de las presentes Bases.
Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos señalados, se considerará ganador efectivo (en adelante “Ganador Efectivo” o “Ganador”, indistintamente) y se procederá a la entrega del premio.
7.2 Los Ganadores del Premio deberán aprobar la entrevista de admisión que realizará oportunamente la Universidad de Buenos Aires previo al comienzo del “Programa de actualización - Cibercrimen y Evidencia Digital”.
Si el Ganador no fuera admitido por la Universidad de Buenos Aires, no se podrá ceder el Premio a un tercero y el Organizador quedará facultado automáticamente para asignarlo a los Ganadores Suplentes que cumplan con todos los requisitos establecidos.
8. Entrega de Premio:
8.1. Dentro de los diez (10) días de realizado el Sorteo, el Organizador comunicará con cada Eventual Ganador vía telefónica y/o vía e-mail, a elección del Organizador. Asimismo, le informará el día y horario en que deberá presentarse, en forma personal o virtual – a exclusivo criterio del Organizador -identificándose con su DNI y una copia del mismo a fin de suscribir la carta de recepción del premio y el procedimiento que deberá seguir para acceder del Premio. El Organizador hará hasta tres (3) intentos de comunicación vía telefónica y/o por e-mail en un período de tres (3) días, dentro del horario comprendido entre las 10.00 y las 18.00 hs., a quien resulte Eventual Ganador. Si en ninguno de los tres (3) intentos (vía telefónica y/o por e-mail) el Organizador pudiera tomar contacto con el Eventual Ganador, se considerará que el Premio no fue asignado, y caducará su derecho de reclamo del mismo y tampoco tendrá derecho a reclamar compensación o indemnización alguna. En dicho caso, el Organizador contactará al Ganador Suplente, y deberá acreditar el cumplimiento de las condiciones para la asignación del Premio. En caso que el Organizador tampoco pudiera contactarlo, se considerara que el Premio no fue asignado, quedando el Premio en propiedad del Organizador.
8.4. El Ganador Efectivo deberá suscribir una carta de aceptación del Premio, como constancia de recepción del Premio y liberación de responsabilidad.
8.5. El Premio deberá ser entregado al Ganador, previa acreditación de su identidad.
8.6. El Organizador no se hará responsable por los gastos en que incurriere el Ganador Efectivo para retirar el Premio.
9. Probabilidad Matemática:
La probabilidad de ganar el Premio dependerá de la cantidad de Participantes de la Promoción y la cantidad de premios, por lo que resulta imposible su exacta determinación matemática. No obstante ello, y en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se ha realizado un cálculo estimativo, tomando a modo de ejemplo que, en el supuesto que en el transcurso de la Promoción participaran mil (1000) Participantes, la probabilidad de ganar un Premio es de cinco (5) sobre mil (1000).
9.1. Se deja constancia de que una misma persona física sólo podrá ser Ganador de solo un (1) Premio durante el transcurso de esta Promoción.
9.2. Asimismo, los Participantes que hubieren enviado un dibujo con el logo de PERSONAL, de conformidad con lo establecido en el Punto 5 de las presentes Bases, obtendrán el derecho de participar de la Promoción con una (1) sola chance por persona, no Fobstante, la cantidad de cartas que hubiere enviado. El envío de más de una (1) carta no otorgará chance alguna.
10. Premio:
10.1 Se sorteará el siguientePremio:
Cinco (5) becas para cursar el “Programa de Actualización - Cibercrimen y Evidencia digital” de la Universidad de Buenos Aires durante el ciclo 2022, a razón de una (1) beca por cada Ganador.
El Premio incluye sólo la posibilidad, sujeta a la aprobación que realice la Universidad de Buenos Aires en la entrevista de admisión, de cursar el “Programa de Actualización - Cibercrimen y Evidencia digital”. La duración del curso, así como los días y su modalidad de asistencia (presencial o virtual) serán definidas oportunamente por exclusiva decisión de Universidad de Buenos Aires
El Premio no incluye traslado desde la ciudad de residencia de cada Ganador hacia la Ciudad de Buenos Aires en caso de ser necesario ni cualquier otro concepto que no se encuentre expresamente mencionado en éstas Bases, quedando éstos a exclusivo costo y cargo de cada Ganador. El Organizador no será responsable por la falta de disponibilidad, cambios de horarios y/o suspensión y/o Cancelación del Programa de Actualización que pudiere decidir la Universidad de Buenos Aires.
10.2. El Premio NO es endosable ni reembolsable. El Premio no es canjeable por ningún otro bien o servicio, y no podrá ser canjeado por su equivalente en dinero. El Premio no incluye ninguna otra prestación, bien o servicio no enumerado en las presentes Bases y Condiciones. Todo concepto no comprendido en el Premio será a exclusivo cuenta y cargo de los Ganadores Efectivos. El Premio no puede ser cedido por el Ganador, salvo expresa autorización del Organizador.
Todos los costos que se deriven para obtener y retirar el Premio, así como todo impuesto o tributo que deba actualmente abonarse o se imponga en el futuro sobre el mismo y los gastos en que incurran los Ganadores Efectivos como consecuencia de la obtención y puesta a disposición del mismo incluyendo, sin limitación, aquellos gastos de traslado, estadía o materiales en que incurra para procurar la entrega y utilización del Premio se encontrarán a su exclusivo costo, cargo y responsabilidad.
11. RESPONSABILIDAD:
11.1. El Organizador no será responsable por la falta de cumplimiento, por parte de los Participantes y/o del Ganador Efectivo, de las condiciones aquí descriptas. La responsabilidad del Organizador por todo concepto finaliza con la puesta a disposición del Ganador Efectivo del Premio correspondiente. El Organizador no será responsable de los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Ganador y/o terceros, en sus personas y/o bienes, con motivo de la utilización y/o efectivización del Premio, y/o en ocasión de su participación en la Promoción, y/o de su calidad de Participantes y/o Eventual Ganador.
11.2. El Organizador no será responsable por cualquier acción u omisión del Ganador Efectivo que impidiere la efectivización y/o utilización del Premio.
11.3. El Organizador no será responsable y por lo tanto no asume responsabilidad alguna por : (i) ningún daño y/o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieran sufrir los Participantes y/o terceros, en sus personas y/o bienes, con motivo de y/o con relación a su participación de esta Promoción y/o con relación al uso y goce y/o disposición de los Premios; (ii) fallas en la red telefónica, de Internet, de los servicios postales, por desperfecto técnicos y/o por errores humanos y/o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir y/o alterar y/o impedir y/u obstaculizar el desarrollo de la Promoción y/o el contacto y/o comunicación con el Organizador a los efectos de proceder al trámite para la asignación y/o entrega de los Premios; (iii) por desperfectos y/o fallas de y/o inconvenientes con el Premio.
El Organizador no proveerá reembolsos de transportes, comidas ni compensación alguna ante la eventual ocurrencia de alguno de estos eventos.
11.4 El Organizador no serán responsable por los servicios prestados por terceros incluyendo sin limitación, la cancelación del Programa de Actualización y la falta de disponibilidad, cambios de horarios y/o suspensión que pudiere decidir la Universidad de Buenos Aires, el mal desempeño de dichos terceros, cualquier acto u omisión de ello o por cualquier periodo en que sean incapaces de proveer el servicio debido a fuerza mayor o cualquier otro factor fuera del control del Organizador. Así también, el Organizador no será responsable por cualquier acto o acción del Ganador que impidieren la efectivización y/o utilización del Premio.
12. Impuestos: todo tributo aplicable a cualquier acto, hecho o circunstancia relativa al Premio previsto en estas Bases y Condiciones, o a su utilización, estará a cargo del respectivo Ganador Efectivo, según corresponda.
13. Datos Personales: Los Participantes de la Promoción autorizan al Organizador a utilizar sus datos personales, domicilios, imagen y voz, en la forma y en los medios que el Organizador considere conveniente, sin derecho a compensación ni indemnización alguna por difusión pública, durante la vigencia de la Promoción y hasta los trescientos sesenta y cinco (365) días posteriores a su finalización. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 52, 55, 1770 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, el titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legitimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inc. 3 de la ley 25.326. LA AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.
14. De la Modificación de las Bases y Condiciones
14.1. El Organizador podrá, previa autorización expresa de la autoridad de aplicación, definir lo que no se encuentra en las presentes Bases, así como también ampliar la duración o suspender provisoria o definitivamente la misma por el tiempo que fuere necesario, sin alterar la esencia de la Promoción y en el momento que lo considere pertinente. En dicho caso, el Organizador deberá informarlo al público en general por los mismos medios de comunicación utilizados oportunamente para el lanzamiento de la Promoción, sin que ello genere derecho o reclamo alguno por parte de cada Participante.
14.2. Ante cualquier discrepancia entre el contenido de estas Bases y Condiciones y el contenido de la publicidad gráfica y/ o en los medios de comunicación, prevalecerá el contenido de estas Bases y Condiciones.
15. Publicidad y Comunicaciones
La Promoción se difundirá a través de e-mailing, y los medios que a exclusivo criterio defina el ORGANIZADOR durante la vigencia de la Promoción.
16. Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en relación a esta Promoción, el Organizador y los Participantes se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios del Fuero Comercial de la Ciudad de Buenos Aires de la República Argentina, renunciando a cualquier otro que les pudiera corresponder.
Lic. Noel Murray
- Directora ejecutiva de Directorio Legislativo
- Licenciada en Ciencias Políticas de la Universidad Católica Argentina
- Maestría en Políticas Públicas de la FIAPP de España
- Fundadora de Directorio Legislativo
- Dirigió numerosos programas para promover la transparencia gubernamental y la lucha contra la corrupción, tanto en Argentina como en América Latina.
- Lideró estudios de transparencia legislativa y tendencias regulatorias en la región.
Dr. Mauricio Javier Fernández Montalbán
- Abogado, Pontificia Universidad Católica de Chile
- Director de la Unidad Especializada en Lavado de Dinero, Delitos Económicos, Medioambientales, Cibercriminalidad y Crimen Organizado. Fiscalía Nacional del Ministerio Público (2002 – actualidad)
- Evaluador como experto legal por GAFI del sistema antilavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo de Argentina. Año 2009.
- Instructor por ONUDC en cursos sobre lavado de activos para jueces, fiscales e investigadores colombianos. Años 2018 y 2019.
- Director de Asuntos Internacionales de la Fiscalía Nacional (2001 – 2003)
- Abogado asociado del estudio del abogado Sr. Davor Harasic Yaksic (Harasic & Cía.) (1997 – 2001)
- Abogado del Consejo de Defensa del Estado en su Procuraduría Fiscal de Santiago (1994 – 1998)
Dr. Horacio Azzolin
- Abogado, egresado de la Universidad Católica Argentina
- Posgrado en derecho penal en la Universidad de Palermo (2002)
- Fiscal Federal especializado en crimen organizado y violaciones masivas a los derechos humanos.
- Desde 2008 es Fiscal Federal, especializado en litigación de casos complejos relacionados con el crimen organizado y las violaciones masivas a los derechos humanos.
- Titular de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI) (2015 – actualidad)
- Punto de contacto del Ministerio Público en: Red Iberoamericana de Cooperación Jurídica Internacional (IberREd), Red especializada de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (CiberRed), y Grupo de los 7 (G7 24/7 Network of High Tech Crime).
Dr. Manuel de Campos
- Abogado (UBA 1988)
- Especialista en Derecho Penal (UBA 1998).
- Especializado en Investigación de Cibercrimen y Aspectos Jurídicos de la Ciberseguridad (Universidad de León . INCIBE “Instituto de Ciberseguridad de España” 2016 y 2017).
- Ex Juez Correccional del Departamento Judicial de San Isidro (1998 - 2006).
- Actual Juez Nacional en lo Criminal y Correccional (Desde 2006).
- Profesor Titular de las cátedras de “Derecho Penal Parte Especial” y de "Derecho Procesal Penal" en la Universidad Católica de Salta, Sistema Campus Satelital.
- Profesor Emérito de la Universidad Católica de Salta.
- Profesor Titular de la materia "Derecho Procesal Penal II" en la Escuela de Cadetes de Policía Federal (Desde 2005 hasta la actualidad).
- Director de la "Diplomatura en Técnicas Modernas de Investigación Criminal", en la Universidad Abierta Interamericana (UAI), co-organizada por el Instituto Superior de Seguridad Pública (Desde 2014 hasta la actualidad).
- Director Académico de la "Escuela de Derecho Penal y Ciencias Forenses Aplicadas" (Desde 2006 hasta la actualidad).
- Presidente del Comité Organizador del “Congreso Latinoamericano de Técnicas de Investigación Criminal (COLTIC) desde 2010 a la fecha.
- Profesor del taller "La investigación tecnológica y la evidencia digital: aspectos procesales. La gestión de las evidencias electrónicas. ̈ en el Curso de Especialización Summer Bootcamp-Policy Makers organizado por la Universidad de León y el INCIBE (Instituto de Ciberseguridad de España) 2017 y 2018.
- Profesor y disertante en diversos cursos, jornadas y seminarios relacionados con el Derecho Penal, Procesal Penal, Técnicas de Investigación Criminal, Cibercrimen y Aspectos Jurídicos de ciberseguridad, tanto en el país como en el exterior.
- Presidente de “Fundación CAPA 8” 2017 - 2019.
Dra. María Elvira Tejada de la Fuente
- Fiscal de Sala del Tribunal Supremo - Coordinadora Nacional contra la Criminalidad Informática (2011 – actualidad)
- Representante de España en las reuniones del T-CY de la Convención de Budapest del Consejo de Europa
- Fiscal Delegada del Fiscal General del Estado para la Tutela Penal de la Igualdad y contra la Discriminación (2012 – 2015)
- Fiscal Jefe del Gabinete Técnico del Fiscal General del Estado (2004 – 2011)
- Corresponsal Nacional de Eurojust en materia de Terrorismo (2004 – 2011)
- Fiscal Decana de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (2000 – 2004)
- Cruz de Plata al Mérito de la Guardia Civil, la Cruz de Honor de San Raimundo de Peñafort y la Cruz de la Orden al Mérito Policial con distintivo blanco del Cuerpo Nacional de Policía
- Docente a nivel nacional e internacional en especializaciones vinculadas a la lucha contra la ciberdelincuencia
Dr. Abel Cornejo
- Abogado, Doctor en Ciencias Penales.
- Procurador General de la Provincia de Salta.
- Fue Secretario del Juzgado Federal de Salta.
- Fue Consejero Juez del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación.
- Fue Juez y Defensor Federal y Juez de la Corte de Justicia de Salta.
- Fue Profesor y Director Académico de la Carrera de Especialización en Ciencias Penales de la Universidad Católica de Salta
- Autor de diversos libros de derecho y codirector de: La constitución de Salta, anotada, comentada y concordada.
Dr. Marcos Salt
- Abogado especializado en asuntos penales y Doctor en Derecho y Ciencias Sociales
- Consultor del Consejo de Europa en proyectos vinculados a la problemática de los delitos informáticos y obtención de evidencia digital en procesos
penales.
- Profesor de Derecho Penal y Procesal Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA).
- Director del Posgrado: Actualización en Cibercrimen y evidencia digital de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires
- Profesor de la Carrera de especialización en el Ministerio Público.
- Coordinador Académico del Programa de Delitos informáticos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
- Director de la Diplomatura en Investigación de Delitos Informáticos y Evidencia Digital del Instituto Superior de Seguridad Pública de la Ciudad de
Buenos Aires.
Daniel Monastersky
- Abogado graduado en 2004.
- Socio de Monastersky Abogados y General Partner de Data Governance LATAM.
- Realizó cursos de postgrado en España sobre Derecho de la Contratación Electrónica, Delitos Informáticos y de la Protección de los Datos Personales.
- Se especializa en delitos informáticos, robo de identidad, protección de datos personales y reputación online.
- De 2016 a 2018 fue miembro del Consejo Asesor del Foro Mundial de Ciberseguridad (GFCE), con sede en La Haya, Países Bajos.
- Actualmente es Director:
- Del Centro de Estudios en Ciberseguridad y Protección de Datos Personales de la Universidad CEMA.
- De la Diplomatura Gestión y Estrategia en Ciberseguridad en la Universidad del CEMA.
- Del Programa Ejecutivo en DATA GOVERNANCE de la Universidad del CEMA.
- Daniel ha colaborado en proyectos de ley para tipificar el Robo de Identidad online, el abuso sexual infantil a través de medios digitales (Grooming) y la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, entre otros.
Dr. Ricardo Von Büren
- Abogado por la Universidad Nacional de Tucumán (UNT).
- "Magíster en Ética Social a la luz de la Doctrina Social de la Iglesia" por la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla (UPAEP, México).
- Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de la UNSTA.
- Profesor Titular de "Teoría del Estado y Derecho Político" y de "Filosofía del Derecho" (carrera de Abogacía) y de "Doctrina Social de la Iglesia" (carreras de Lic. en Cs. Políticas y de Lic. en Comunicación Social), todo en la Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino (UNSTA).
- Fue Fiscal Municipal de la ciudad de San Miguel de Tucumán.
Juan Pablo Más Vélez
- Abogado.
- Profesor de Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales en la Facultad de Derecho de la UBA.
- Vicerrector de la Universidad de Buenos Aires.
- Fue Consejero de la Magistratura de la Nación,
- Fue Consejero de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires,
- Directivo de distintas organizaciones profesionales de la Abogacía,
- Fue integrante de diversas organizaciones y centros de estudios ambientales y energéticos (Ceare, Cedaf, otros).